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Nuevas obligaciones financieras derivadas de la legislación 2022 en materia de residuos

El marco europeo actual es más consciente cada vez de la necesidad del cuidado de nuestro entorno y nuestro planeta en lo relativo al medioambiente. Reflejo de ello son las cumbres y reuniones convocadas en los últimos años.

Para fijar dicho compromiso medioambiental la Unión Europea ha elaborado varias directivas europeas. La última transpuesta a la legislación española es la referente a los residuos que se ha materializado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Esta Ley, recientemente publicada, tiene por finalidad la prevención y la reducción de la generación de residuos y de los impactos adversos de su generación y gestión, la reducción del impacto global del uso de los recursos y la mejora de la eficiencia de dicho uso con el objeto de, en última instancia, proteger el medio ambiente y la salud humana y efectuar la transición a una economía circular y baja en carbono con modelos empresariales, productos y materiales innovadores y sostenibles para garantizar el funcionamiento eficiente del mercado interior y la competitividad de España a largo plazo. Asimismo, esta ley persigue la meta de prevenir y reducir el impacto de determinados productos de plástico en la salud humana y en el medio ambiente, con especial atención al medio acuático. Para ello, la Ley marca las directrices para regular el régimen jurídico aplicable a la puesta en el mercado de productos en relación con el impacto en la gestión de sus residuos, así como el régimen jurídico de la prevención, producción y gestión de residuos, incluyendo el establecimiento de instrumentos económicos aplicables en este ámbito, y el régimen jurídico aplicable a los suelos contaminados.

Como consecuencia de esta nueva Ley, se establecen nuevas obligaciones financieras a las organizaciones registradas como grandes productores de residuos peligrosos (que generen más de 10 toneladas al año). Estas obligaciones financieras hacen referencia a la necesidad de suscribir un seguro o garantía financiera equivalente que debe cubrir, además de la responsabilidad medioambiental por los costes de reparación y recuperación del medio ambiente alterado, la responsabilidad civil exigible por muerte, lesiones o enfermedad de las personas, o por daños causados sobre las cosas o animales, que se deriven de las operaciones realizadas.

El montante mínimo del seguro o garantía financiera equivalente y la forma de establecerlo se determina según el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, de la siguiente manera:

  • Para garantizar la responsabilidad civil, la cuantía mínima del seguro o garantía financiera equivalente será la indicada en el punto 3 del anexo IV del Real Decreto 208/2022 con un montante mínimo de 450.000 €.
  • Para garantizar la responsabilidad medioambiental, la cuantía mínima del seguro o garantía financiera equivalente se determinará según el artículo 3 del Real Decreto 208/2022, con arreglo a las previsiones de la legislación sobre responsabilidad medioambiental, es decir, las organizaciones afectadas deberán realizar un análisis de riesgos medioambientales (ARMA) conforme la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental.

Es de señalar que la obligación que se les exige a los gestores de residuos peligrosos de constituir una fianza para responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la autorización o comunicación, realizado en modo de seguro de caución, no se ha hecho extensiva a los productores iniciales de residuos.

Dichas responsabilidades financieras, responsabilidad civil y responsabilidad medioambiental, para los operadores afectados entraron en vigor con la publicación de la ley en materia de residuos, el 10 de abril de 2022. Estos plazos contrastan con la pausada evolución de la ley de responsabilidad medioambiental que tuvo la primera publicación en el 2007 pero la obligatoriedad de realizar los ARMAs por las organizaciones afectadas no se publicó con las respectivas órdenes ministeriales hasta los años 2017 y 2019, una década posterior y que daban amplios periodos para su cumplimiento a las empresas como se ilustra en la figura 1.

Figura 1: Desarrollo legislativo de la Ley de Responsabilidad Medioambiental

Centrándonos en la Comunidad Valenciana estas nuevas obligaciones de la Ley de residuos afectaría según el registro de productores de residuos peligrosos mayor a 10 toneladas/año a 597 organizaciones en Valencia, 301 organizaciones en Alicante y 230 organizaciones en Castellón.